UN TRIBUNAL FEDERAL RESUELVE ASUNTO SOBRE UNA ESCISIÓN DE SOCIEDADES CUYA IMPLEMENTACIÓN BUSCABA ELUDIR EL PAGO DE ACREEDORES

Un tribunal mexicano (http://bitly.ws/rWJT) determinó que en el caso de que una sociedad mercantil se escinda parcialmente, el plazo legal de tres años para que las sociedades escindidas (de nueva creación) respondan por las obligaciones de la escindente, no resultará aplicable, y por tanto, la sociedad escindente continuará como obligada frente a sus acreedores. La […]